modulos nº de horas titular mayor de 65 años no jubilado
Según la normativa vigente, estos contribuyentes tienen un límite de horas de trabajo de 1.800 anuales para poder tributar en el sistema de módulos. Esto significa que, si superan dicha cantidad, deberán tributar en el régimen de estimación directa, que es más complejo y requiere llevar una contabilidad más detallada. Sin embargo, si no superan las 1.800 horas al año, podrán aplicar un módulo específico para su actividad y pagar una cuota fija en función de dicho módulo.
En resumen, para los titulares mayores de 65 años no jubilados que ejercen actividades empresariales, profesionales o artísticas, el sistema de módulos puede ser una opción beneficiosa siempre y cuando se cumpla con el límite de horas establecido. De lo contrario, deberán tributar en el régimen de estimación directa, lo que implica un mayor grado de responsabilidad y complejidad en su contabilidad y declaración de impuestos.