modificar borrador renta de individual a conjunta
Para poder realizar esta modificación, es necesario que el contribuyente cumpla con ciertos requisitos, como estar casado o ser pareja de hecho, que ambos cónyuges hayan sido residentes fiscales en España durante todo el año y que estén en posesión del título de familia numerosa o del certificado de discapacidad, si fuera el caso.
Por lo tanto, antes de realizar esta modificación, es aconsejable consultar con un experto en impuestos para evaluar si es la opción más beneficiosa para ambos cónyuges o miembros de la pareja. En caso de que se decida modificar el borrador, se deberá presentar una solicitud de rectificación de la declaración ante la Agencia Tributaria antes de la fecha límite para la presentación de la misma.