MODELO 347 EXENCION
Otra exención en el modelo 347 se aplica a las operaciones realizadas con personas o entidades residentes en países de la Unión Europea. En este caso, si el importe anual de las operaciones no supera los 35.000 euros, no será necesario incluir estas operaciones en la declaración. Sin embargo, si se supera este límite, será obligatorio presentar el modelo 347 de manera individual por cada país de la Unión Europea en el que se hayan realizado operaciones.