MENORES DEDUCIBLES QUE CONVIVAN RENTA INFERIOR A

En España, existe una serie de deducciones y beneficios fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dirigidos a las familias con hijos menores de edad. Sin embargo, en el caso de que los menores convivan con una persona cuya renta sea inferior a determinados límites establecidos, estas deducciones pueden verse reducidas o incluso no ser aplicables.

En cuanto a los límites de renta que pueden afectar a las deducciones por hijos, el principal es el llamado «mínimo exento de tributación». Este mínimo exento se establece en función de la renta del contribuyente, y puede variar de un año a otro en función de la situación económica del país. Por ejemplo, en 2019 este mínimo era de 5.567 euros para los contribuyentes con una renta inferior a 12.643 euros, mientras que para aquellos con una renta entre 12.643 y 17.707 euros, el mínimo exento se reducía progresivamente.

En cambio, si la renta del contribuyente supera el mínimo exento, podrán aplicarse las deducciones por hijos correspondientes, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para cada una de ellas. Por ejemplo, una de las deducciones más conocidas es la del mínimo por descendientes, que se aplica por hijos menores de 25 años que convivan con el contribuyente y no tengan rentas superiores a 8.000 euros anuales.

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