menor cuantia

La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España establece un concepto denominado «menor cuantía», el cual se refiere a aquellos ingresos o gastos que, por su valor, no están sujetos a ser declarados o deducidos en la declaración anual de renta.

Por ejemplo, en el caso de los ingresos, se considera como «menor cuantía» aquellos que no superen los 1.000 euros anuales. Por lo tanto, cualquier persona que tenga ingresos inferiores a esta cantidad no estará obligada a incluirlos en su declaración de IRPF.

En resumen, la figura de «menor cuantía» en el IRPF busca simplificar la declaración de renta y evitar la carga administrativa para aquellos contribuyentes que tienen ingresos o gastos muy bajos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que aunque estos conceptos no se declaren, la Agencia Tributaria puede solicitar justificantes en caso de comprobar alguna irregularidad en la declaración.

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