MAXIMO IRPF COLEGIOS PROFESIONALES

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo directo que grava la renta de las personas físicas en España. Este impuesto se aplica a los ingresos obtenidos por los individuos en un periodo determinado, ya sea por salarios, intereses, alquileres, entre otros.

El máximo permitido para la deducción de los gastos de colegiación es de 500 euros anuales por cada colegio profesional al que se pertenezca. Esto significa que si una persona está colegiada en dos o más colegios, solo podrá deducir hasta 500 euros por cada uno de ellos.

Cabe destacar que estos límites no se aplican a las colegiaciones obligatorias para el ejercicio de la profesión, es decir, aquellas en las que la colegiación es un requisito legal. En estos casos, no existe un máximo de deducción y se pueden deducir todas las cuotas colegiales pagadas.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *