Los Edificios Afectos a Actividades de Investigacion Amortizar
La Ley del IRPF establece que los edificios afectos a actividades de investigación pueden amortizarse en un plazo de 10 años, mientras que para otros inmuebles el plazo suele ser de 50 años. Esta amortización acelerada permite a los propietarios deducir un mayor porcentaje del valor del edificio en su declaración de la renta, lo que se traduce en un ahorro en el pago de impuestos.