Lgt Aplazamientos Recargos Art. 28

Lgt Aplazamientos Recargos Art. 28 se refiere a los aplazamientos y recargos de pagos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España. Este artículo se encuentra dentro de la Ley General Tributaria (LGT) y establece las reglas y procedimientos para aplazar y pagar los impuestos adeudados.

En caso de que la solicitud sea aceptada, el contribuyente podrá aplazar el pago del impuesto en su totalidad o en parte, así como los recargos e intereses que se generen. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el aplazamiento no exonera al contribuyente del pago de los intereses de demora correspondientes.

En resumen, Lgt Aplazamientos Recargos Art. 28 establece las condiciones y requisitos para solicitar y conceder aplazamientos y recargos en el pago del IRPF, siempre y cuando el contribuyente demuestre dificultades económicas para cumplir con sus obligaciones tributarias. Es importante recordar que el aplazamiento no exime al contribuyente del pago de intereses de demora.

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