La no domiciliación del segundo plazo
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) , nos informa sobre la opción de La no domiciliación del segundo plazo, a fin y efecto de informarnos sobre esta opción de pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La no domiciliación del segundo plazo :
Quienes no deseen domiciliar el segundo plazo en la entidad colaborar bancaria, deberán efectuar el ingreso de dicho plazo por vía telemática o directamente en cualquier oficina situada en territorio español de estas entidades (bancos,cajas de ahorro o cooperativas de crédito) hasta el 5 de noviembre de 2012.