JUSTIFICAICÓN DE GASTOS POR ACTIVIDADES EN INTERÉS GENERAL
Entre los gastos que pueden ser justificados se incluyen los destinados a promover el desarrollo cultural, educativo, científico, deportivo, medioambiental o social, así como también aquellos destinados a la promoción de la igualdad de género, la lucha contra la discriminación, la protección de los derechos humanos y el fomento del voluntariado. Es importante destacar que esta justificación puede aplicarse tanto a gastos realizados por personas físicas en su ámbito personal, como a aquellos realizados en el ejercicio de su actividad profesional o empresarial. En cualquier caso, la finalidad de los gastos debe ser siempre el beneficio general de la sociedad.