Iva Soportado Como Gasto en la Renta

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en España. En su cálculo, se diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado. Mientras que el IVA repercutido se refiere al impuesto que se cobra al consumidor final, el IVA soportado se refiere al impuesto que se paga por la adquisición de bienes y servicios necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial o profesional.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que no todos los bienes y servicios adquiridos son gastos deducibles de IRPF. Según establece el artículo 95.2 de la Ley del IRPF, solo aquellos bienes y servicios que estén directamente relacionados con la actividad económica del contribuyente serán considerados como gastos deducibles. Además, deben cumplir con los requisitos de justificación y registro establecidos por la Ley.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *