Irpf Rnc Entidad Colaboradora
La principal diferencia entre el IRPF Rnc Entidad Colaboradora y el IRPF tradicional es que en este caso la obligación de realizar la declaración y el pago del impuesto recae en la entidad colaboradora no residente. Sin embargo, la persona física residente en España sigue siendo la responsable de declarar y pagar el impuesto correspondiente y puede realizarlo voluntariamente en caso de que la entidad colaboradora no lo haya hecho.
En resumen, el IRPF Rnc Entidad Colaboradora es una variante del impuesto sobre la renta que se aplica a personas físicas residentes en España que reciben ingresos de entidades no residentes en el país. Aunque la obligación de pago recae en la entidad extranjera, la persona física sigue siendo responsable de declarar y pagar el impuesto correspondiente.