¿desgravan los ordenadores?

Los ordenadores, al ser considerados como herramientas de trabajo, pueden desgravarse en la declaración de la Renta como gasto deducible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, esta deducción está sujeta a ciertas condiciones y limitaciones.

Además, la Agencia Tributaria establece un límite en el importe de la deducción por la adquisición de ordenadores. En concreto, se podrán desgravar hasta un máximo de 500 euros, siempre y cuando se justifique correctamente su uso profesional.

En resumen, los ordenadores pueden desgravarse en la declaración de la Renta siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas por la Agencia Tributaria. Es recomendable mantener un registro detallado de su utilización profesional para poder justificar su deducción en caso de ser requerido por la Administración.

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