Intereseshipotecarios

Los intereses hipotecarios son aquellos que se generan por la obtención de un préstamo hipotecario, es decir, por la financiación de la compra de una vivienda. Estos intereses son deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España, lo que supone un beneficio fiscal para los contribuyentes.

En cuanto a la deducción en sí, cabe destacar que en la declaración de la renta se podrá deducir el 15% de los intereses pagados durante el año, con un límite máximo de deducción de 9.040 euros por ejercicio fiscal. Esta deducción se aplicará tanto para préstamos hipotecarios concedidos antes del 1 de enero de 2013 como para aquellos concedidos a partir de esa fecha.

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