incremento de patrimonio 2014 aeat
Además, en esa misma línea, la AEAT introdujo un cambio en la forma en la que se calcula el valor de adquisición de un bien patrimonial que se había revalorizado con anterioridad a 1994. En este caso, el valor de adquisición se determina como el mayor de dos opciones: bien el valor real de adquisición o el valor catastral en el año de adquisición, lo cual también tuvo como resultado un aumento en el importe a tributar por el incremento de patrimonio.