inadmisión aplazamientos
Además, la inadmisión de aplazamientos también se puede aplicar en casos de incumplimiento reiterado de las obligaciones tributarias, deudas que no se puedan garantizar o cuando la cuantía de la deuda sea inferior a 30.000 euros. En todos estos casos, la Administración Tributaria considera que el contribuyente no tiene capacidad de pago suficiente y por tanto, no se le puede conceder un aplazamiento.