IMPUESTO SOCIEDADES DEDUCCION POR GASTOS DE FORMACION PROFESIONAL
En cuanto al porcentaje a deducir, la ley establece un límite del 5% de la masa salarial del ejercicio en el que se hayan incurrido estos gastos. En caso de que el gasto sea inferior al límite establecido, se podrá aplicar una deducción del 100%, pero si supera dicho límite, solo se podrá deducir hasta el 5%.