impuesto renta 2013 gastos defensa juridica
La deducción de los gastos de defensa jurídica se limita a un máximo de 3000 euros por ejercicio fiscal y por cada procedimiento en el que se haya generado el gasto. Además, la cantidad a deducir no puede superar la cuantía que efectivamente se haya pagado por la defensa jurídica. En el caso de haber sido condenado al pago de costas, sólo se podrá deducir el 10% de las mismas.