Hora de Visita Concertada

La «Hora de Visita Concertada» es un término utilizado en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España para referirse a la hora en la que la Agencia Tributaria realiza una visita programada al domicilio fiscal de un contribuyente.

La hora de visita concertada debe ser acordada previamente con el contribuyente, en la mayoría de los casos, esta suele ser durante el horario laboral habitual, es decir, entre las 9:00 y las 18:00 horas de lunes a viernes. No obstante, en casos excepcionales y por razones justificadas, la Agencia Tributaria puede acordar otra hora de visita.

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