HIJOS Y DESCENDIENTES MENORES DE 25 AÑOS CLAVE 85
1. El menor debe ser descendiente directo del contribuyente o de su cónyuge, siempre y cuando esté a cargo de éste.
3. El menor no puede tener rentas superiores a 8.000 euros anuales.
Esta deducción es compatible con la deducción por maternidad y se aplica de forma proporcional al tiempo de convivencia con el menor en caso de separación o divorcio de los padres.