Gastos Fiscalmente Deducibles en Actividades Agricolas Renta 2011
– Gastos de cultivo: se puede deducir el coste de los medios utilizados para llevar a cabo el cultivo, como la compra de semillas, abonos, productos fitosanitarios, entre otros. Estos gastos deben corresponder a un uso exclusivo para la actividad agrícola y estar debidamente justificados. Asimismo, también se pueden deducir los gastos de mano de obra, siempre y cuando estén documentados y declarados en el Seguro Social Agrario.
– Gastos de riego: en aquellos cultivos que requieren riego para su mantenimiento, los agricultores pueden deducir los gastos relacionados con el consumo de agua. Es necesario que estos gastos estén justificados y vengan reflejados en las facturas correspondientes.
Por otro lado, cabe mencionar que los agricultores también pueden deducir los gastos correspondientes a los seguros agrarios, siempre y cuando estén contratados con entidades autorizadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.