Gastos deducibles del rendimiento íntegro de capital inmobiliario
Son gastos deducibles del rendimiento íntegro del capital inmobiliario:
a) Todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, y
b) El importe del deterioro sufrido por el uso o por el transcurso del tiempo en los bienes o derechos de los que procedan los rendimientos.