Gastos de Locomocion Aeat

Los «Gastos de Locomoción Aeat» se refieren a los gastos que una persona tiene en concepto de transporte para realizar su actividad laboral. Estos gastos pueden ser deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre y cuando se cumplan determinados requisitos establecidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Existen dos tipos de gastos de locomoción que pueden ser deducibles en el IRPF. Por un lado, están los gastos de desplazamiento, que incluyen los gastos de transporte para ir desde el lugar de residencia hasta el lugar de trabajo o aquellos derivados de desplazamientos profesionales. Por otro lado, están los gastos de locomoción relacionados con la utilización del vehículo particular, en cuyo caso se puede deducir una cantidad en función de los kilómetros recorridos y los gastos reales justificados.

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