gastos de formacion deduccion IS 2013

En España, los gastos de formación pueden ser deducidos en el Impuesto sobre Sociedades (IS) siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones establecidas en la legislación fiscal. Estos gastos deben estar destinados a mejorar la capacidad profesional de los empleados y deben ser necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial.

Las deducciones en materia de formación están limitadas al 5% de la masa salarial de la empresa. No obstante, en el caso de que la formación esté dirigida a trabajadores con discapacidad o a jóvenes menores de 26 años, este límite puede ser ampliado hasta el 10%.

En resumen, los gastos de formación pueden ser deducidos en el IS siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en la ley y estén adecuadamente justificados. Esto supone una oportunidad para las empresas de invertir en el desarrollo de sus empleados y mejorar su competitividad, al mismo tiempo que obtienen un beneficio fiscal en el impuesto sobre sociedades.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *