Gastos de defensa jurídica renta 2013

Los gastos de defensa jurídica corresponden a aquellos gastos que surgen como consecuencia de la necesidad de contratar un abogado para la defensa de los derechos de un contribuyente en el ámbito fiscal. Dentro del IRPF, estos gastos pueden ser considerados como deducibles y, por tanto, restar de la base imponible del impuesto.

Entre los gastos de defensa jurídica que pueden ser deducibles se encuentran los honorarios de abogados, procuradores y otros profesionales que hayan intervenido en la defensa del contribuyente ante Hacienda. Además, también pueden ser considerados como deducibles los costos de notificaciones y registro de documentos legales, siempre y cuando estén directamente relacionados con la defensa en un procedimiento fiscal.

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