Ganancias Patrimoniales Tributacion Aportaciones no Dinerarias
Además, el artículo 20 del Reglamento del IRPF establece una serie de condiciones que deben cumplir estas aportaciones para ser consideradas como no dinerarias y, por tanto, poder eximirse de tributación por ganancias patrimoniales. Algunas de estas condiciones son: que las aportaciones se realicen en bienes físicos o derechos reales, que sean valorados por expertos independientes, que se rindan cuentas anuales a la Administración fiscal, entre otros.