Ganancia Patrimonial sin Transmisión Previa
En la mayoría de los casos, estos incrementos patrimoniales están sujetos a tributación en el IRPF como una renta del ahorro, es decir, se aplicará a la base imponible del ahorro, que tiene una menor gravedad que la base general. Sin embargo, existen algunos casos en los que estos incrementos patrimoniales pueden estar exentos, como en el caso de las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual en determinadas circunstancias o por rescate de planes de pensiones en la actualidad del contribuyente, entre otros. Por tanto, es importante conocer las exenciones y reducciones aplicables en cada caso para poder gestionar correctamente la tributación de esta ganancia patrimonial sin transmisión previa en el IRPF.