Fuera de plazo de Domiciliación

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos exponede forma breve el tema del Fuera de plazo de Domiciliación.

Fuera de plazo de Domiciliación

Si su declaración le sale a ingresar y se le pasa el plazo para pagar con domiciliación bancaria puede hacerlo por vía electrónica siguiendo los siguientes pasos:

En este caso es necesario previamente realizar el ingreso (mediante adeudo en cuenta o en efectivo) en una entidad financiera y obtener el NRC (Número de Referencia Completo). «La entidad financiera realizará el cargo del importe indicado en su cuenta, proporcionándole a continuación el NRC, número que justifica el pago del impuesto», explica la Agencia Tributaria en su web.

El contribuyente podrá obtener el Número de Referencia Completo (NRC) de la entidad colaboradora de forma directa, bien en sus oficinas o bien a través de los servicios de banca electrónica que aquellas presten a sus clientes, o por alguna de las siguientes vías:

Por vía electrónica, utilizando un certificado electrónico reconocido emitidos de acuerdo a las condiciones que establece la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica que resulte admisible por la Agencia Estatal de Administración Tributaria según la normativa vigente en cada momento.

O también por vía electrónica, mediante el uso del sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario (Cl@ve PIN), empleado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria para facilitar a las entidades colaboradoras la identificación telemática de aquellos obligados tributarios y personas que así lo soliciten con ocasión del pago de sus deudas.

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