fraccionar el pago del borrador
Además, es necesario tener en cuenta que esta opción está sujeta a unos intereses de demora, es decir, una cantidad adicional que se debe abonar por el aplazamiento del pago. El tipo de interés aplicable se fija anualmente por la Agencia Tributaria y en la actualidad es del 3,75%.
En resumen, fraccionar el pago del borrador del IRPF ofrece una alternativa para aquellos contribuyentes que no pueden pagar la totalidad de su impuesto de una sola vez, permitiendo un pago más cómodo y ajustado a sus posibilidades económicas.