fraccionar el ITP SIN RECARGO
Para poder beneficiarse de esta opción, el contribuyente debe solicitarlo en el momento de la presentación de la declaración del ITP y aportar una serie de documentos, como el contrato de compraventa o la escritura de propiedad del inmueble. Además, el pago debe realizarse en un plazo máximo de un mes desde la fecha de presentación de la solicitud y las cuotas deben ser iguales y sucesivas.