Fecha Pago Segundo Plazo Renta 2011
Es importante resaltar que, en caso de que se haya realizado una declaración complementaria que varíe el importe a pagar del primer plazo, puede que no sea necesario abonar el segundo plazo. Esto dependerá del resultado de la declaración complementaria, ya sea una devolución o un importe a pagar menor al inicialmente declarado. Por otro lado, en el caso de realizar una declaración complementaria con un importe a pagar superior al declarado en el primer plazo, se tendrá que abonar la diferencia junto con el segundo plazo antes del 5 de noviembre de 2012.