EXTRANJERO VIVO
La categoría de «Extranjero Vivo» también puede aplicarse a individuos españoles que hayan residido en el extranjero durante un período superior a seis meses en un año fiscal y cuyas rentas y bienes principalmente se encuentren fuera de España. En estos casos, la persona puede optar por tributar en España como residente en el extranjero, siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos establecidos por la ley.