Exentos a Presentar 347
Otra situación en la que no es obligatorio presentar el modelo 347 es cuando el total de las operaciones con terceros no superen los 50.000 euros durante el ejercicio y, además, se cumpla que el 75% de estas operaciones se hayan realizado con otros empresarios o profesionales. En este caso, la declaración se podrá presentar de manera voluntaria si se desea.