Exencion Presentacion Modelo 347
Para poder beneficiarse de esta exención, es necesario que el importe total de las operaciones realizadas con terceras personas durante el año anterior no supere los 3.005,06 euros. En caso de superar esta cantidad, será obligatorio presentar el modelo 347.
Es importante destacar que, aunque se esté exento de presentar el modelo 347, esto no exime a los contribuyentes de cumplir con sus obligaciones fiscales, por lo que deberán incluir estas operaciones en su declaración anual de IRPF. Además, también deben conservar toda la documentación relativa a estas operaciones por un período de cinco años.