Exclusión de la modalidad simplificada
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos explica la Exclusión de la modalidad simplificada, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2011.
Exclusión de la modalidad simplificada :
La exclusión de la modalidad simplificada se produce por el hecho de que el importe neto
de la cifra de negocios correspondiente al conjunto de las actividades desarrolladas por el
contribuyente supere la cuantía de 600.000 euros anuales.
La exclusión producirá efectos desde el inicio del año inmediato posterior a aquel en que se
produzca dicha circunstancia. En consecuencia, en el año en que se supera el importe de 600.000 euros anuales, se permanece en la modalidad simplificada del método de estimación directa.