Estimación Objetiva (EO): Ámbito de aplicación
La Agencia Tributaria nos explica el Ámbito de Aplicación de la Estimación Objetiva (EO), para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.
Estimación Objetiva (EO) : Ámbito de aplicación :
El régimen de Estimación Objetiva (EO) será de aplicación a Empresarios y profesionales en los que concurran:
– Que su actividad esté entre las relacionadas en la Orden EHA/99/2010, de 28 de enero, y no excluidas de su aplicación.
– Que el volumen de rendimientos íntegros no supere 450.000 euros para el conjunto de las actividades, ni 300.000 euros para las agrícolas y ganaderas
– Que el volumen de compras no supere 300.000 euros anuales.
– Que la actividad no se desarrolle fuera del ámbito de aplicación
del Impuest.
– Que no hayan renunciado a la aplicación de la EO(Estimación Objetiva).