Entidades en régimen de atribución de rentas.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica las  Entidades en régimen de atributación de rentas, a fin y efecto de saber que entidades están sujetas a la atribución de rentas.

Entidades en régimen de atribución de rentas :

Tienen la consideración de entidades en régimen de atribución de rentas las siguientes:
a) Las sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica, con excepción de las Sociedades Agrarias de Transformación.
b) Las herencias yacentes.
c) Las comunidades de bienes.
d) Las demás entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria.
Tienen asimismo la consideración de entidades en régimen de atribución de rentas las entidades constituidas en el extranjero cuya naturaleza jurídica sea idéntica o análoga a la de las entidades anteriormente mencionadas constituidas de acuerdo con las leyes españolas.

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