En Rendimiento de Trabajo Operacones Vinculadas

Las operaciones vinculadas son aquellas en las que existe una relación especial entre las partes que intervienen en una transacción, ya sea por vínculos de parentesco, propiedad común o intereses financieros. En el caso del rendimiento de trabajo, se consideran operaciones vinculadas aquellas en las que el contribuyente recibe una remuneración por su trabajo de una empresa o persona con la que mantiene una relación especial.

Si el contribuyente recibe una remuneración de una empresa vinculada, es decir, en la que tenga una participación directa o indirecta, se considerará como rendimiento de trabajo la parte proporcional de los beneficios obtenidos por la empresa. Además, en este tipo de operaciones, se establece un límite en la remuneración que puede percibir el contribuyente para evitar posibles prácticas de elusión fiscal.

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