empresas exentas 347
Se consideran empresas exentas 347 a las sociedades civiles cuyos socios sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y tributen en régimen de atribución de rentas, así como a las comunidades de bienes y los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Estas entidades no están obligadas a presentar el modelo 347 siempre y cuando no hayan realizado operaciones con terceros sujetas al impuesto.