Empresario que no Trabaje la Actividad
En términos fiscales, el empresario que no trabaja en la actividad se considera un inversor, por lo que sus ingresos están sujetos a la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, en algunos casos, este tipo de empresario puede estar exento de pagar este impuesto si cumple con determinados requisitos establecidos por la ley. Por ejemplo, si su participación en la empresa es inferior al 5% del capital social y no recibe más de 6.000 euros anuales en forma de dividendos.