el contribuyente no deduce donacion realizada perjuicio

En España, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) permite a los contribuyentes deducir ciertas donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro o a fundaciones de interés general. Esta deducción es conocida como «deducción por donativos» y se establece con el objetivo de fomentar y apoyar la solidaridad y la acción social.

Este concepto se refiere a situaciones en las que la donación realizada por el contribuyente puede suponer un perjuicio económico para él mismo. Por ejemplo, si un contribuyente dona una cantidad de dinero que le obliga a contraer una deuda o a reducir significativamente sus ingresos, no podrá deducir dicha donación en su declaración del IRPF.

En resumen, el contribuyente no podrá deducir una donación realizada si esta supone un perjuicio económico para él mismo o si se realiza a una entidad con la que tiene algún tipo de relación. Por lo tanto, es importante tener en cuenta estas limitaciones a la hora de realizar donaciones y asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos para poder beneficiarse de la deducción en el IRPF.

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