Duración del régimen especial

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  detalla la Duración del régimen especial, a fin y efecto de saber todo sus detalles a la hora de confeccionar nuestra Declaración de la Renta 2011.

Duración del régimen especial :

El régimen especial se aplicará durante el período impositivo en el que el contribuyente adquiera su residencia habitual en España y durante los cinco períodos impositivos siguientes.
A estos efectos, se considerará como período impositivo en el que se adquiere la residencia el
primer año natural en el que, una vez producido el desplazamiento, la permanencia en territorio
español sea superior a 183 días.

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