Dietas y Gastos de Locomocion 2012 Aeat

En el año 2012, la Agencia Tributaria (AEAT) reguló las dietas y gastos de locomoción como parte de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España. Estas dietas y gastos son considerados como parte de los rendimientos del trabajo, y por lo tanto, deben ser declarados e incluidos en la base imponible del IRPF.

En cuanto a las dietas, estas deben estar justificadas y deben corresponder a los gastos reales del trabajador. Además, el empleador también está obligado a incluir una cantidad mínima fija en concepto de gastos de manutención, la cual está establecida por la AEAT en función del país y período de estancia.

En resumen, las dietas y gastos de locomoción son parte importante de la declaración del IRPF en España y deben ser declarados e incluidos en la base imponible. Es responsabilidad tanto del trabajador como del empleador cumplir con las normativas establecidas por la AEAT en cuanto a su justificación y límites máximos de deducción.

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