dietas como rendimientos del trabajo
Además, para que las dietas sean consideradas como rendimientos del trabajo, deben estar incluidas en el convenio colectivo o en el contrato laboral del empleado. También es importante señalar que estas dietas no son consideradas como parte del salario, sino que son una compensación específica para cubrir gastos de trabajo, por lo que no se suman al salario bruto a efectos del cálculo de IRPF. En resumen, las dietas son un ingreso imponible en el IRPF, pero pueden estar exentas de tributar siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la ley y estén debidamente justificadas.