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En este sentido, es importante destacar que los días sábados son considerados como hábiles para la Administración tributaria, lo que significa que se pueden recibir y contestar requerimientos en este día. Es decir, el plazo para entregar la documentación solicitada por la Agencia Tributaria sigue corriendo incluso en días no laborables.
Por lo tanto, en caso de recibir un requerimiento en día hábil, como puede ser un sábado, es importante cumplir con el plazo de contestación establecido por la Administración tributaria, ya que de no hacerlo se podrían generar intereses de demora o incluso sanciones.