Devolucion de Los Recargo del Periodo Ejecutivo
Sin embargo, en algunos casos, los contribuyentes pueden haber realizado el pago de recargos de forma indebida, ya sea por error o por desconocimiento de su situación tributaria. En estos casos, tienen derecho a solicitar la devolución de los mismos a través del procedimiento de Devolución de los Recargos del Periodo Ejecutivo.
En caso de que se reconozca el derecho a la devolución, la administración procederá a efectuar el pago correspondiente en un plazo máximo de seis meses. En caso contrario, notificará al contribuyente la resolución denegatoria, contra la cual se podrá interponer recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.