Deducibilidad de Gastos Judiciales Rendimiento Inmobiliario
Además, es necesario que el gasto judicial haya sido generado por un proceso judicial que haya sido iniciado por el contribuyente, es decir, que haya sido el propietario del inmueble quien haya instado el proceso. Por otro lado, los gastos derivados de procesos judiciales iniciados por terceros no son deducibles en el IRPF.
En resumen, los gastos relacionados con procesos judiciales que hayan sido iniciados por el contribuyente y que estén directamente relacionados con la obtención de rendimientos inmobiliarios pueden ser deducidos en la declaración de la renta. Es importante conservar y justificar adecuadamente todos los gastos para poder incluirlos correctamente en la declaración y poder beneficiarse de esta deducción en el IRPF.