Deduccion Viudedad Irpf Cataluña 2012

La deducción por viudedad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de Cataluña es un beneficio fiscal para aquellos contribuyentes que hayan enviudado y cumplan con ciertos requisitos establecidos por la Generalitat de Catalunya. Esta deducción se encuentra regulada en el artículo 56 de la Ley 22/2009, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de Cataluña.

El importe de la deducción es del 100% del importe de la cuota íntegra autonómica del IRPF correspondiente a la vivienda habitual en el año anterior, con un máximo de 3000 euros anuales. Cabe destacar que esta deducción es incompatible con la deducción por adquisición de vivienda habitual, por lo que el contribuyente deberá optar por una de ellas. Además, la deducción será de aplicación en los ejercicios fiscales 2012, 2013 y 2014, y será prorrogable si la Generalitat así lo establece. En resumen, la deducción por viudedad en el IRPF de Cataluña es un beneficio fiscal que busca aliviar la carga tributaria de aquellos contribuyentes que han sufrido la pérdida de su cónyuge y se encuentran en una situación económica menos favorable.

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