deduccion por ascendientes convivan
Para poder acceder a esta deducción, es necesario que el ascendiente conviviente con el contribuyente sea mayor de 65 años o tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. Además, el contribuyente debe haber incurrido en gastos relacionados con el cuidado de dicho ascendiente, como pueden ser los gastos médicos, farmacéuticos, residenciales, de ayuda a domicilio, entre otros.