DEDUCCIÓN AUTONOMICA POR CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR
Para poder acceder a esta deducción, es necesario ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia y tener hijos menores de tres años o hijos con discapacidad. Además, el contribuyente debe haber incurrido en gastos de guardería o de atención a personas dependientes durante el ejercicio fiscal.
Cabe destacar que esta deducción es compatible con otras medidas fiscales destinadas a fomentar la conciliación laboral y familiar, como la deducción por maternidad o la deducción por gastos de guardería. Sin embargo, en caso de que la suma de todas estas deducciones supere el importe de la cuota autonómica del IRPF, no se podrá aplicar la deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar.